Factura Electrónica Digital (FedMc) está basado 100% en internet. El usuario accesa a su dominio o
subdominio y desde ahí puede consultar, generar, cancelar y enviar todas sus facturas electrónicas
con solo unos cuantos clics.No hay necesidad de comprar ni instalar software alguno lo único que
necesita es una conexión a internet.
Un Comprobante Fiscal Digital es el documento electrónico que se recibe al adquirir un bien, servicio o
usar temporalmente bienes inmuebles. Dentro de los Comprobantes Fiscales Digitales se encuentran:
Factura Electrónica, Recibo de Honorarios, Recibo de Arrendamiento, Nota de Débito, Nota de Crédito,
Recibo de Donativo, y Carta Porte.
Tramitar la Firma Electrónica Avanzada o comunmente llamada FIEL es un proceso sencillo.
A grandes rasgos el proceso consiste en 4 pasos:
1.Concertar una cita en la oficina tributaria de su elección.
2.Generar un requerimiento de certificación.
3.Reunir la documentación necesaria.
4.Acudir a su cita con el SAT a generar su firma.
Una de las grandes ventajas de la facturación electrónica es que no afecta el proceso de
contabilidad tanto de empresas como de personas físicas. Si usted contrata los servicios de un contador
o un despacho contable no debe preocuparse ya que usted simplemente debe continuar entregándoles una
copia impresa (o digital) de todas las facturas que haya emitido en el periodo.
La única diferencia es que usted deberá enviar un reporte mensual al SAT vía internet, lo cual nuestra aplicación la genera con un solo clic.
Ambas facturas tienen los mismos efectos y alcances, sin embargo, las facturas
electrónicas cuentan con altos elementos de seguridad. Otra diferencia importante
es la versatilidad, ya que a diferencia de las facturas en papel, las facturas electrónicas son creadas,
enviadas y almacenadas por medios electrónicos y se pueden imprimir en caso de que así se requiera.
No, el Servicio de Administración Tributaria no avala a persona alguna, sociedad, asociación o empresa
cuya actividad sea la creación de software, producto o servicio relacionado a la Facturación Electrónica.
Sin embargo a los proveedores autorizados los cuales su servicio consta en recopilar los datos de facturación
de una persona moral o física en archivos, procesarlos y convertirlos en facturas electrónicas tienen que contar
con un numero de aprobación emitido por el SAT ya que se estan involucrando en la facturación de un tercero.
Facturar por medios propios con cualquier software no necesita autorización del SAT sin embargo debe estar apegado
a los lineamientos del Anexo 20 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal.
Es un archivo con extensión *.cer que asocian una llave pública con la identidad de su propietario.
Existen dos tipos de certificados digitales: los certificados de Firma Electrónica Avanzada y el
Certificado de Sello Digital.
La firma electrónica avanzada juega un papel crucial en la facturación electrónica, ya que practicamente
cumple la función de una firma y sin ella las facturas electrónicas quedan totalmente inválidas.
La aplicación de Solicitud del Certificado Digital (SOLCEDI) es utilizada para que el Contribuyente
(Persona Moral o Física) pueda generar un archivo de requerimiento, con el cual realizará el proceso
para obtener un Certificado Digital.
Sí; los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales
digitales que emitan. El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión
de los comprobantes fiscales digitales hasta en un máximo de 24 horas después de emitido el documento.
Sí, tanto las facturas como los otros comprobantes fiscales tradicionales o en papel van a seguir conviviendo
con los digitales. Ambos cuentan con la misma validez para efectos fiscales. Es importante señalar que los
contribuyentes que opten por emitir comprobantes fiscales digitales, no podrán emitir otro tipo de comprobantes
fiscales, salvo los que determine el Servicio de Administración Tributaria.
Los contribuyentes que decidan emitir facturas electrónicas deberán proporcionar a sus clientes
en documento impreso el comprobante electrónico cuando así les sea solicitado.
La factura electrónica puede imprimirse en cualquier tipo de papel (no requiere de un formato o
forma preimpresa en especifico) y tienen la misma validez que las facturas tradicionales.
Para los efectos de lo señalado en la fracción IV del artículo 29-A, se tendrá por cumplida dicha obligación
en los casos de comprobantes fiscales digitales globales que amparen una o más operaciones efectuadas con
público en general, cuando en el mismo se consigne el RFC genérico XAXX010101000.
La solicitud de folios consiste en proporcionar al contribuyente folios válidos para usarlos en su
proceso de facturación electrónica. Para solicitar dichos folios, deberá ingresar a la página web
del Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI).
La emisión de comprobantes fiscales digitales deberá iniciar con el folio número 1 de
todas las series que se utilicen.
Una factura electrónica se expresa en un formato XML definido por el SAT, que contiene todos los
datos fiscales necesarios. Para datos comerciales (códigos de barras, no. de pedido, no. de proveedores, etc.)
podrá realizarse dentro del XML en la ADDENDA.
No es necesario.
Se entiende como cadena original, a la secuencia de datos formada con la información contenida
dentro del comprobante fiscal digital, establecida en el Rubro C en el Anexo 20 de la Resolución
de la Miscelánea Fiscal
Las impresiones de los comprobantes fiscales digitales deberán cumplir con los requisitos señalados en
las fracciones I, II, III, IV, VI y VII del artículo 29-A del Código (nombre, denominación o razón social,
domicilio fiscal, RFC de quien los expida, folio, Lugar y fecha de expedición, RFC de la persona a favor
de quien se expida, Valor unitario, importe total, monto de los impuestos, Número y fecha del documento
aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación), También deberán cumplir con los
requisitos establecidos en las reglas de operación (La cadena original con la que se generó el sello digital,
Sello digital, Número de serie del Certificado de sello digital, Número de referencia bancaria y/o número
de cheque con el que se efectúe el pago, la leyenda “Este documento es una impresión de un comprobante fiscal
digital”, se deberá incluir la serie en su caso, Unidad de medida).
Con la aprobación de la Miscelánea Fiscal del 2004, el SAT pretende facilitar a los contribuyentes
la realización de varios trámites incluyendo la emisión de Facturas Electrónicas mediante el uso
de la Firma Electrónica Avanzada. La Firma Electrónica Avanzada permite a los contribuyentes cumplir
con sus obligaciones a través de internet de manera fácil, gratuita y segura. La Firma Electrónica
Avanzada (sello digital en caso de las facturas electrónicas) son datos adjuntos a un mensaje
electrónico vinculados a la información contenida y a la identidad de la persona que lo origina.
Podrán optar por emitir factura electrónica las personas físicas y las personas morales que deseen optimizar,
agilizar y automatizar su proceso Personas físicas y las personas morales que tengan certificado-de facturación.
Personas físicas y las personas morales-de firma electrónica avanzada vigente.
Se deberá proporcionar mensualmente al Servicio de Administración Tributaria, a través de medios
electrónicos, la información correspondiente a las facturas electrónicas que se hayan expedido
con los folios asignados utilizados en el mes inmediato anterior a aquél en que se proporcione
la información.Esto se realiza a través del portal http://www.sat.gob.mx
Eso depende de cada empresa pero la justificación es la automatización de los procesos, la eliminación
de mensajería, la seguridad en los datos, rapidez, la eliminación del archivo muerto, la facilidad de
la impresión o publicación electrónica así como la agilización de la cobranza.
Para la generación de sellos digitales se utiliza criptografía de clave pública aplicada a una cadena original.
Los pasos para generarlos son:
Generar cadena Original en formato UTF-8
Generar la función hash (resumen ó digestión) a partir de la cadena original utilizando el algoritmo MD5
(función de un solo sentido tal que para cualquier entrada produce una salida compleja de 16 bytes denominada
"digestión".)
Encriptar la función hash utilizando el algoritmo RSAPrivateEncrypt y la llave privada del emisor.
Para remover la encriptacion se utiliza el algoritmo RSAPublicDecrypt y la llave publica del emisor.
Convertir La encripción a base 64.
El Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI) es una aplicación del SAT que cuenta con un
Módulo del Emisor de Comprobantes Fiscales, mismo que se encarga de asignar folios y recibir reportes
mensuales de facturas electrónicas emitidas vía web.
Los comprobantes simplificados no podrán emitirse como facturas electrónicas puesto que no tienen
efectos fiscales (no pueden deducirse), por lo que seguirán imprimiéndose estas últimas en papel.
Si, tiene la misma validez fiscal y legal que una factura en papel siempre y cuando cuenten con
un sello digital amparado por un certificado expedido por el Servicio de Administración Tributaria,
cuyo titular sea la persona física o moral que expida los comprobantes.
Que al asignarse el folio, y en su caso serie, el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad
efectúe simultáneamente el registro contable en cuentas y subcuentas afectadas por cada operación en
un máximo de 24 horas a partir de la expedición del documento.